domingo, 19 de julio de 2026

Senado de España, Madrid.

Palacio del Senado, Madrid: del colegio de doña María de Aragón a la Cámara Alta española

Introducción y marco conceptual

En la plaza de la Marina Española, muy cerca del Palacio Real y de la Plaza de España, se levanta un edificio cuya sobria fachada neoclásica apenas deja entrever la extraordinaria densidad histórica que atesora en su interior: el Palacio del Senado, sede desde 1834 de la Cámara Alta española, situado en las coordenadas 40,42146 de latitud norte y -3,71255 de longitud oeste, en el Barrio del Palacio del distrito Centro de Madrid. Pocos edificios institucionales madrileños pueden presumir de una trayectoria tan dilatada y tan accidentada como este, que ha sido sucesivamente colegio conventual de la orden agustina, sede de las Cortes gaditanas trasladadas a Madrid, escenario de la derogación de la primera Constitución liberal española, Cámara Alta del sistema bicameral decimonónico, sede del franquista Consejo Nacional del Movimiento y, finalmente, Senado de la España democrática.

Aquella condición de edificio superviviente a prácticamente todos los regímenes políticos que ha conocido España desde finales del siglo XVI hasta la actualidad convierte al Palacio del Senado en un extraordinario documento vivo de la propia historia constitucional y parlamentaria española, un edificio en el que las sucesivas reformas arquitectónicas acometidas a lo largo de más de cuatro siglos han ido dejando su huella sin llegar nunca a borrar por completo la memoria de su origen conventual, todavía perceptible en la propia disposición de sus patios claustrales y en la circunstancia, verdaderamente singular, de que el actual Salón de Sesiones ocupa exactamente el mismo espacio que en su día albergó la iglesia del colegio agustino fundacional.

Este artículo desarrolla en profundidad y con extraordinaria amplitud la historia del edificio desde su fundación como colegio-convento de doña María de Aragón a finales del siglo XVI hasta su consolidación como sede permanente del Senado democrático, deteniéndose con detalle en cada una de las sucesivas etapas políticas y arquitectónicas que ha atravesado el conjunto, y examina finalmente, de manera más sintética, las principales soluciones arquitectónicas que caracterizan al edificio en su configuración actual.

Síntesis

  • Ubicación: plaza de la Marina Española, Barrio del Palacio, distrito Centro, Madrid.
  • Fundación: 1573, por doña María de Córdoba y Aragón, dama de la reina Ana de Austria; Colegio de la Encarnación o Colegio de doña María de Aragón, de agustinos calzados.
  • Construcción original: 1581-1601, diseño de Francisco de Mora, discípulo de Juan de Herrera.
  • Patrimonio artístico original: retablo de El Greco en el altar mayor de la iglesia conventual, hoy en el Museo del Prado.
  • Reformas del siglo XVIII: ampliación por Juan de Villanueva en la huerta y en la zona de la calle del Reloj.
  • Expulsión de los agustinos: 1809, por la desamortización de José Bonaparte durante la ocupación napoleónica.
  • Traslado de las Cortes de Cádiz: 1813, con reforma del Salón de Cortes por Antonio Prat, transformando la iglesia en espacio circoagonal.
  • Inauguración y derogación: Salón de Cortes inaugurado el 2 de mayo de 1814; Constitución de 1812 derogada por Fernando VII el 4 de mayo de 1814, con devolución del edificio a los agustinos.
  • Trienio Liberal: 1820-1823, nuevo uso parlamentario con reformas de Isidro González Velázquez.
  • Nacimiento del bicameralismo: Estatuto Real de 1834, con el Estamento de Próceres como precedente de la Cámara Alta; traslado al edificio en 1835; consolidación como Senado en 1837.
  • Reformas de fachada: Álvarez Bouquel en 1845 (estilo neoclásico); Agustín Ortiz de Villajos a finales del siglo XIX (nueva entrada principal con portada de tres vanos y frontón).
  • Segunda República: 1931, Cortes unicamerales trasladadas al Congreso de los Diputados; uso excepcional del Palacio de Cristal del Retiro para la elección de Manuel Azaña.
  • Franquismo: 1939-1977, sede del Consejo Nacional del Movimiento, con reformas de Manuel Ambrós Escanellas.
  • Transición democrática: Constitución de 1978, consolidación definitiva como sede del Senado dentro del sistema bicameral de las Cortes Generales.
  • Ampliación contemporánea: 1987, incorporación de un nuevo edificio anexo.
  • Arquitectura general: disposición en torno a patios claustrales heredada del convento original; Salón de Sesiones sobre el solar de la antigua iglesia; fachada neoclásica decimonónica sobre estructura de sillería de granito y mampostería toledana del siglo XVI.
  • Situación actual: sede permanente del Senado de España, una de las dos cámaras de las Cortes Generales, con visitas culturales organizadas para el público.




























Historia

La fundación de doña María de Aragón: un colegio agustino de prestigio cortesano

El origen del actual Palacio del Senado se remonta al año 1573, momento en que doña María de Córdoba y Aragón, dama de la reina Ana de Austria, cuarta esposa de Felipe II, decidió promover la fundación de un colegio conventual destinado a la orden de los agustinos calzados, una institución que desde el primer momento se concibió con la doble finalidad de servir tanto de casa religiosa como de centro educativo de notable prestigio dentro del panorama cortesano del Madrid de finales del siglo XVI. Aquella fundación, conocida oficialmente como Colegio de la Encarnación, aunque popularmente denominada de manera prácticamente universal como Colegio de doña María de Aragón, en honor de su fundadora, formaba parte además de un complejo institucional más amplio vinculado al propio Real Monasterio de la Encarnación, uno de los grandes conventos reales del Madrid de los Austrias.

Para materializar este ambicioso proyecto constructivo, se encargó el diseño del nuevo edificio al arquitecto Francisco de Mora, uno de los profesionales de mayor prestigio dentro del panorama arquitectónico español de finales del siglo XVI y discípulo aventajado de Juan de Herrera, cuya influencia estilística resulta perceptible en la sobriedad clasicista que caracterizó desde el primer momento al conjunto conventual. Las obras de construcción se desarrollaron entre 1581 y 1601, dos décadas de trabajo continuado que darían como resultado un complejo organizado espacialmente según el modelo tradicional del monasterio castellano, cerrado por muros de mampostería mixta, con cajones de piedra y verdugadas de ladrillo al estilo toledano, mientras que los elementos nobles o estructurales del edificio se resolvían mediante sillería de granito, algunos de cuyos elementos originales se conservan todavía hoy dentro de la fábrica actual del Senado.

Aquel colegio agustino alcanzaría durante los siglos XVI y XVII una notable reputación educativa dentro del Madrid cortesano, convirtiéndose en una de las instituciones de enseñanza más prestigiosas de la capital, mientras que su iglesia conventual llegó a albergar en su altar mayor un extraordinario retablo pintado por El Greco, una de las obras maestras de la producción del pintor cretense afincado en Toledo, cuya presencia en este templo madrileño confirma la extraordinaria relevancia artística y cultural que había alcanzado ya esta institución religiosa durante el Siglo de Oro español, antes incluso de que el edificio experimentara la profunda transformación funcional que lo convertiría, siglos después, en sede del poder legislativo español.

Las reformas dieciochescas de Juan de Villanueva

Durante el siglo XVIII, el conjunto conventual experimentó una nueva fase de intervención arquitectónica bajo la dirección de Juan de Villanueva, el gran arquitecto neoclásico español responsable de obras de la relevancia del edificio que hoy alberga el Museo del Prado, quien se encargó de reformar y de ampliar el antiguo colegio mediante la incorporación de construcciones menores tanto en la huerta conventual como en la zona correspondiente a la calle del Reloj, unas intervenciones que, sin llegar a alterar sustancialmente la fisonomía general del conjunto heredado del siglo XVI, fueron adaptando progresivamente el edificio a las nuevas necesidades funcionales de la comunidad agustina a lo largo de aquella centuria.

Estas reformas dieciochescas, documentadas con precisión por los especialistas en la historia constructiva del edificio, constituyen un episodio de transición relativamente poco conocido dentro de la trayectoria general del conjunto, pero que resulta de notable interés para comprender la manera en que el antiguo colegio conventual fue experimentando, incluso antes de su transformación en sede parlamentaria, sucesivas adaptaciones arquitectónicas que fueron preparando, sin que nadie pudiera entonces preverlo, la capacidad del edificio para acoger, décadas después, funciones institucionales completamente distintas de aquellas para las que había sido originalmente concebido.

La desamortización de José Bonaparte y el traslado de las Cortes de Cádiz

El punto de inflexión decisivo en la historia del edificio llegó en 1809, cuando la comunidad de agustinos calzados que hasta entonces había habitado el colegio fue expulsada de sus dependencias como consecuencia directa de las medidas desamortizadoras impulsadas por José Bonaparte durante su breve reinado sobre España, en el marco de la ocupación francesa del país durante la Guerra de la Independencia. Aquella expulsión, que privó a la orden agustina de su histórica sede madrileña tras más de dos siglos de presencia ininterrumpida en el edificio, dejó el conjunto conventual disponible para nuevos usos institucionales en un momento de profunda convulsión política para el conjunto de la nación española.

El episodio que marcaría definitivamente el destino futuro del edificio como sede parlamentaria tuvo lugar en 1813, cuando las Cortes que habían permanecido reunidas en Cádiz durante los años más duros de la resistencia contra la ocupación napoleónica, tras la aprobación de la primera Constitución liberal española de 1812, se trasladaron finalmente a Madrid una vez liberada la capital, y decidieron establecer su sede provisional precisamente en la antigua iglesia del colegio de doña María de Aragón. Para acondicionar aquel espacio religioso a su nueva función parlamentaria se encargó la correspondiente reforma al arquitecto Antonio Prat, quien contaba ya con experiencia previa en este mismo tipo de adaptaciones, al haber sido responsable también de la reforma del Oratorio de San Felipe Neri en Cádiz, el edificio que había albergado precisamente a las Cortes Constituyentes durante su etapa gaditana. Prat transformó la antigua planta rectangular de la iglesia conventual en un espacio de configuración circoagonal, articulado mediante dos grupos de bancos enfrentados en su parte central, reservando la cabecera del antiguo templo para la presidencia y para los oradores, una solución compositiva que dotaba al espacio de una funcionalidad plenamente parlamentaria sin necesidad de acometer una reconstrucción integral del edificio heredado.

La inauguración de 1814 y la restauración absolutista de Fernando VII

El nuevo Salón de Cortes, resultado de la reforma dirigida por Antonio Prat, fue solemnemente inaugurado el 2 de mayo de 1814, una fecha de notable carga simbólica por coincidir con el aniversario del célebre levantamiento popular madrileño contra las tropas napoleónicas ocurrido seis años antes. Sin embargo, aquella inauguración resultaría efímera en extremo: apenas dos días después, el 4 de mayo de 1814, el rey Fernando VII, recién restaurado en el trono español tras el fin de la ocupación francesa, procedió a derogar formalmente la Constitución de 1812, poniendo fin al breve experimento liberal gaditano y devolviendo el edificio a sus antiguos propietarios religiosos, la orden de los agustinos calzados, en un episodio que ilustra con extraordinaria elocuencia la propia inestabilidad institucional que caracterizaría a buena parte de la historia política española del siglo XIX.

Aquella restauración del absolutismo fernandino, que devolvió temporalmente el edificio a su función religiosa original, resultaría sin embargo también transitoria, ya que el propio péndulo político español volvería a oscilar pocos años después hacia una nueva etapa de gobierno constitucional, en la que el antiguo colegio conventual recuperaría de manera definitiva, aunque todavía no permanente, su vocación como sede de las instituciones representativas del país.

El Trienio Liberal y las reformas de Isidro González Velázquez

Durante el denominado Trienio Liberal, el periodo comprendido entre 1820 y 1823 en que Fernando VII se vio obligado a jurar de nuevo la Constitución de 1812 tras el pronunciamiento militar encabezado por Rafael del Riego, el Palacio volvió a acoger en su interior a las Cortes españolas, un nuevo periodo de uso parlamentario que exigió la intervención del arquitecto mayor del rey, Isidro González Velázquez, encargado de acondicionar nuevamente el edificio para su función institucional tras el abandono y el consiguiente deterioro que había sufrido durante los años del régimen absolutista precedente. Aquellas reformas de González Velázquez, desarrolladas en 1820, permitieron recuperar la funcionalidad parlamentaria del conjunto, aunque de nuevo aquel periodo de uso institucional resultaría limitado en el tiempo, ya que el fin del Trienio Liberal en 1823, con la restauración del absolutismo fernandino gracias a la intervención militar francesa de los Cien Mil Hijos de San Luis, supondría un nuevo paréntesis en la trayectoria parlamentaria del edificio.

El Estatuto Real de 1834 y el nacimiento del bicameralismo español

El acontecimiento que determinaría de manera definitiva y permanente el destino institucional del antiguo colegio agustino como sede de la Cámara Alta española tuvo lugar tras la muerte de Fernando VII en 1833, cuando bajo la regencia de María Cristina de Borbón se promulgó, en 1834, el Estatuto Real, una carta otorgada de carácter moderado que instauraba por primera vez en la historia constitucional española un sistema parlamentario bicameral, inspirado en buena medida en el modelo británico de las dos cámaras. Aquel nuevo sistema institucional se articulaba mediante dos estamentos claramente diferenciados: el Estamento de Próceres, concebido como Cámara Alta de composición aristocrática y de designación fundamentalmente regia, y el Estamento de Procuradores, correspondiente a la Cámara Baja de representación más ampliamente electiva.

El Estamento de Próceres, precedente institucional directo del actual Senado español, se reunió inicialmente de manera provisional en el Casón del Buen Retiro, antes de trasladarse, en 1835, al antiguo colegio de doña María de Aragón, estableciendo así el vínculo entre el edificio y la Cámara Alta española que se ha mantenido, con distintas denominaciones institucionales según los sucesivos cambios de régimen político, de manera prácticamente ininterrumpida hasta la actualidad. En 1837, con la promulgación de una nueva Constitución de signo más progresista que vino a sustituir al Estatuto Real de 1834, se consolidó formalmente el sistema bicameral bajo la denominación ya de Senado, quedando el edificio definitivamente destinado a esta función institucional que ha mantenido, salvo determinadas excepciones históricas que se detallarán a continuación, hasta nuestros días.

Las reformas neoclásicas de Álvarez Bouquel y de Ortiz de Villajos

Una vez consolidada la función parlamentaria permanente del edificio, este fue objeto de sucesivas reformas arquitectónicas destinadas a dotarlo de una fisonomía exterior más acorde con su nueva condición institucional. En 1845, el arquitecto Álvarez Bouquel acometió las primeras grandes reformas de la fachada del edificio, levantando una nueva composición de estilo neoclásico estructurada en torno a un cuerpo principal al que se adosaban cuatro pilastras, una intervención que dotó al Senado de buena parte de la imagen exterior sobria y monumental que todavía hoy caracteriza al conjunto desde la plaza de la Marina Española.

Ya a finales del siglo XIX, el arquitecto Agustín Ortiz de Villajos acometería una nueva y más extensa reforma de la fachada, centrando en esta ocasión el grueso de la intervención en el conjunto del cuerpo del edificio, mediante la apertura de una nueva entrada principal situada al comienzo de la crujía central, realzada mediante una portada de tres vanos flanqueada por un conjunto de pilastras y rematada por un gran frontón, una solución compositiva que reforzaba visualmente la monumentalidad y la representatividad institucional del acceso principal al Senado, adaptándolo a las exigencias protocolarias propias de un edificio parlamentario de la importancia creciente que había ido adquiriendo la Cámara Alta española a lo largo del siglo XIX.

La Segunda República y el paréntesis unicameral

Con la proclamación de la Segunda República española en 1931, el sistema parlamentario español experimentó una profunda transformación que afectó directamente a la función institucional del Palacio del Senado: al establecerse entonces un sistema de Cortes unicamerales, sin la tradicional división entre Cámara Alta y Cámara Baja que había caracterizado al régimen constitucional precedente, las sesiones parlamentarias pasaron a celebrarse en el palacio de la Carrera de San Jerónimo, sede tradicional del Congreso de los Diputados, quedando el antiguo edificio del Senado privado, durante todo este periodo republicano, de su función legislativa habitual. De manera excepcional, sin embargo, durante los debates constitucionales de aquel mismo periodo republicano, y con motivo de la elección de Manuel Azaña como presidente del Gobierno, las Cortes llegaron a reunirse en el Palacio de Cristal del Retiro, un episodio puntual que confirma la notable flexibilidad institucional que caracterizó a la organización parlamentaria española durante aquellos años de profunda transformación política.

El Consejo Nacional del franquismo y las reformas de Manuel Ambrós Escanellas

Tras el fin de la Guerra Civil española en 1939, el régimen franquista destinó el antiguo Palacio del Senado a una nueva función institucional, muy distinta de la parlamentaria democrática que había caracterizado al edificio durante buena parte del siglo XIX: entre 1939 y 1977, el conjunto pasó a ser sede del Consejo Nacional del Movimiento, el órgano supremo del partido único franquista, la Falange Española Tradicionalista y de las JONS, una institución que carecía de la función representativa y deliberativa propia de un auténtico parlamento democrático, pero que sin embargo mantuvo al edificio vinculado, aunque de manera muy distinta, a las estructuras del poder político central del Estado español durante toda aquella larga etapa dictatorial.

Fue precisamente durante este dilatado periodo cuando se ejecutaron las últimas grandes obras de relevancia arquitectónica en el edificio antes de su recuperación democrática, bajo la dirección del arquitecto Manuel Ambrós Escanellas, cuyas intervenciones, desarrolladas a lo largo de casi cuatro décadas de uso continuado del inmueble como sede del Consejo Nacional, fueron adaptando progresivamente distintos espacios del conjunto a las necesidades funcionales de aquella institución política del régimen franquista, sin llegar sin embargo a alterar de manera sustancial la estructura arquitectónica general heredada de las sucesivas reformas decimonónicas.

La Transición democrática y la consolidación definitiva como Senado

Con la muerte de Francisco Franco en 1975 y el consiguiente proceso de Transición democrática española, el antiguo Palacio recuperaría de manera definitiva su función parlamentaria originaria: la Constitución española de 1978, que instauró un sistema bicameral plenamente democrático, formado por el Congreso de los Diputados y el Senado, consolidó de manera permanente al antiguo colegio de doña María de Aragón como sede oficial de la Cámara Alta de las nuevas Cortes Generales españolas, poniendo fin así al paréntesis institucional que había supuesto tanto la etapa republicana unicameral como la posterior utilización franquista del edificio como sede del Consejo Nacional del Movimiento.

Ya en 1987, el complejo experimentaría una notable ampliación mediante la incorporación de un nuevo edificio anexo, una intervención que respondía a las crecientes necesidades funcionales y de espacio de una institución parlamentaria plenamente democrática, dotada de un número considerable de senadores, de comisiones legislativas y de servicios administrativos que difícilmente podían acomodarse en su totalidad dentro de los límites del antiguo conjunto conventual heredado del siglo XVI, por más que este hubiera sido objeto ya de sucesivas ampliaciones y reformas a lo largo de los siglos precedentes.

Detalle arquitectónico

Desde el punto de vista estrictamente arquitectónico, el Palacio del Senado conserva todavía hoy, pese a las sucesivas reformas experimentadas a lo largo de más de cuatro siglos, la disposición espacial fundamental heredada del antiguo colegio-convento diseñado por Francisco de Mora entre 1581 y 1601, organizada según el modelo tradicional del monasterio castellano en torno a distintos patios o claustros, cuyas crujías perimetrales fueron progresivamente reconvertidas en salas de comisiones, despachos ministeriales y otras dependencias de uso institucional, mientras que la crujía central, situada entre los dos patios principales del conjunto, enlaza el vestíbulo de acceso principal con la monumental escalera que da paso a las plantas superiores del edificio. El actual Salón de Sesiones, corazón funcional de todo el conjunto parlamentario, ocupa exactamente el mismo espacio que en su día albergó la antigua iglesia conventual, una circunstancia que explica la característica configuración semicircular o circoagonal de este espacio, resultado directo de la transformación acometida en 1813 por el arquitecto Antonio Prat sobre la primitiva planta rectangular del templo religioso original.

La fachada actual del edificio, resultado de la superposición de las sucesivas intervenciones acometidas por Álvarez Bouquel en 1845 y por Agustín Ortiz de Villajos a finales del siglo XIX, presenta un lenguaje netamente neoclásico, articulado mediante un cuerpo principal flanqueado por pilastras y rematado por elementos compositivos de clara raíz clasicista, entre los que destaca la portada de tres vanos coronada por un gran frontón que hoy constituye el acceso principal al edificio desde la propia plaza de la Marina Española. Bajo esta fisonomía exterior decimonónica, sin embargo, subsisten todavía determinados elementos estructurales originales del siglo XVI, ejecutados en sillería de granito según la tradición constructiva toledana de muros de mampostería mixta con verdugadas de ladrillo, un testimonio material directo de la fábrica original del colegio agustino que confirma, más allá de las sucesivas transformaciones funcionales y decorativas experimentadas por el conjunto, la notable continuidad arquitectónica que vincula al actual Palacio del Senado con su remoto origen conventual de finales del siglo XVI.

No hay comentarios:

Publicar un comentario